Dubái no cobra impuesto sobre la renta ni sobre plusvalías a las personas físicas, y eso incluye las ganancias con criptomonedas. Pero "0% impuestos" no significa "sin reglas": desde que entró en vigor el impuesto de sociedades federal, hay una línea clara entre invertir como particular (sigue en 0%) y operar como negocio (puede entrar en el 9%). Esta guía explica dónde está esa línea, qué dice la Federal Tax Authority (FTA) sobre el umbral de actividad, y qué tienes que comprobar antes de asumir que todo lo tuyo es 0%.
La regla corta: inversión personal vs. actividad de negocio
La Ley de Impuesto de Sociedades de EAU (Ley Federal-Decreto nº 47 de 2022) y las guías posteriores de la FTA distinguen dos situaciones muy distintas para una persona física residente en Dubái:
- Inversión personal: comprar y vender criptomonedas por cuenta propia, sin que sea tu actividad empresarial, es "ingreso de inversión personal" y queda expresamente fuera del impuesto de sociedades, sin importar el importe de las ganancias. No hace falta licencia ni empresa para esto.
- Actividad de negocio: si operas de forma organizada y recurrente (trading como actividad profesional, un fondo, un servicio a terceros) y tu facturación por esa actividad supera 1.000.000 AED en el año natural, pasas a estar sujeto a impuesto de sociedades y tienes que registrarte en la FTA. Por debajo de ese millón de AED de facturación, un particular no tiene que registrarse.
Esto corrige una confusión habitual (y que esta misma guía tenía en su versión anterior): no hace falta montar una empresa para beneficiarte del 0% como particular. La empresa solo es necesaria si quieres operar como negocio de criptoactivos (exchange, gestión de fondos, servicios a clientes) o si prefieres esa estructura por otros motivos (banca, visado, imagen ante contrapartes).
Cuándo aparece el 9%
Si constituyes una empresa para tu actividad cripto (trading profesional, un fondo, un servicio), el impuesto de sociedades federal se aplica así:
- 0% sobre el beneficio neto hasta 375.000 AED al año.
- 9% sobre el beneficio neto que supere esa cifra.
- 0% real (sin el 9%) si tu empresa está en una free zone y califica como Qualifying Free Zone Person (QFZP): mantiene sustancia económica real en EAU y solo genera "qualifying income". Desde la Decisión Ministerial 336/2025, la VARA (Virtual Assets Regulatory Authority) está reconocida como autoridad competente a efectos de este impuesto, lo que extiende el régimen QFZP a gestoras de fondos y patrimonio con licencia VARA que operan con criptoactivos.
¿Necesito licencia de VARA para hacer trading?
No, si operas por cuenta propia. La VARA regula la actividad profesional con activos virtuales (exchanges, custodia, gestión de fondos, asesoramiento, broker-dealers) dentro de Dubái; comprar y vender para tu propia cartera no es una actividad regulada y no exige licencia. Donde sí entra VARA siempre es en qué plataformas puedes usar de forma legal: deben operar bajo licencia VARA o de la autoridad financiera correspondiente (DFSA en el DIFC). Lo desarrollamos con detalle en nuestra guía sobre qué permite y qué no permite VARA.
Requisitos si decides operar como empresa
Si tu volumen o tu modelo de negocio sí justifican una empresa, el proceso habitual es:
- Elegir estructura: free zone (QFZP posible) o mainland.
- Visado de residencia (inversor, emprendedor o empleado de tu propia empresa).
- Registro de la empresa y licencia de actividad (comercial o, si aplica, licencia VARA).
- Cuenta bancaria corporativa en un banco de EAU.
- Registro en la FTA para impuesto de sociedades (obligatorio para toda empresa, gane o no por encima de 375.000 AED).
Costes y plazos aproximados
| Concepto | Coste Aproximado (en AED) |
|---|---|
| Visado de residencia | 3.000 - 5.000 |
| Registro de empresa y licencia | 10.000 - 15.000 |
| Oficina / espacio flexible (anual) | 5.000 - 20.000 (free zone) / 20.000 - 50.000 (mainland) |
| Cuenta bancaria (apertura y mantenimiento) | 1.000 - 3.000 |
El proceso completo (visado + empresa + banco) suele tardar entre 1 y 3 meses: 2-4 semanas el visado, 2-6 semanas el registro de empresa, 1-2 semanas el banco, con bastante margen según la due diligence del banco a actividad cripto.
Ejemplos
Particular sin empresa: Juan reside en Dubái, compra y vende Bitcoin y Ethereum por su cuenta, sin servicio a terceros. Gana 20.000 AED en el año. Es inversión personal: 0%, sin registro, sin licencia.
Negocio con empresa: María monta una empresa de trading cripto en una free zone y factura 1,2M AED al año gestionando también fondos de clientes. Supera el umbral de actividad de negocio: tiene que registrarse en la FTA. Si su empresa es QFZP, su "qualifying income" sigue al 0%; si no califica, paga 9% sobre el beneficio que exceda 375.000 AED.
Lo que no cambia aunque vivas en Dubái
El 0% es sobre lo que EAU te exige. Si mantienes residencia fiscal en España o vínculos relevantes (183 días, centro de intereses económicos, cónyuge e hijos residentes), Hacienda puede seguir reclamando esas plusvalías y hay que acreditar el cambio real de residencia. El detalle de qué cubre y qué no la exención de EAU para quien aún tiene lazos con España está en nuestra guía de exención fiscal de cripto en Dubái: qué cubre y qué no.
Cómo te ayudamos
En Dubai Zero Tax analizamos tu caso concreto —si te conviene operar como particular o si tu volumen ya justifica una empresa, y si esa empresa puede calificar como QFZP— antes de que muevas nada. Pide un análisis fiscal gratuito en una sesión de 45 minutos y te decimos, con tu situación real, qué tributarías en Dubái y qué tendrías que acreditar ante España.
Preguntas frecuentes sobre fiscalidad de criptomonedas en Dubái
¿Pago impuestos si hago trading de criptomonedas como particular en Dubái?
No, si es inversión personal (comprar y vender por tu cuenta, sin ser tu actividad empresarial): 0%, sin importe límite y sin necesidad de licencia ni empresa.
¿Necesito montar una empresa para beneficiarme del 0%?
No. La empresa solo hace falta si tu actividad cripto es un negocio (trading profesional organizado, gestión de fondos o servicios a terceros) y factura más de 1.000.000 AED al año, umbral a partir del cual la FTA exige registro.
¿Cuándo empiezo a pagar el 9% de impuesto de sociedades?
Solo si operas con una empresa no-QFZP: 0% hasta 375.000 AED de beneficio neto anual y 9% sobre lo que exceda esa cifra.
¿Necesito licencia de VARA para comprar y vender cripto por mi cuenta?
No. VARA regula la actividad profesional (exchanges, custodia, gestión de fondos, asesoramiento); sí debes operar en plataformas con licencia VARA o DFSA, pero tu propia cartera no requiere licencia.
¿Cuánto tiempo tarda establecer una empresa si decido operar como negocio?
Entre 1 y 3 meses: visado (2-4 semanas), registro de empresa (2-6 semanas) y cuenta bancaria (1-2 semanas, con más margen por el due diligence a actividad cripto).
¿Qué errores comunes hay que evitar?
Dar por hecho que hace falta empresa para el 0% personal; no comprobar si tu empresa califica como QFZP antes de asumir que pagarás 9%; y no acreditar correctamente ante España el cambio real de residencia fiscal.
Aspectos clave a tener en cuenta
Para un particular, operar con criptomonedas en Dubái es 0% sin más trámite. La empresa y el 9% solo entran en juego si tu actividad es un negocio y supera los umbrales que marca la FTA. Antes de decidir estructura, conviene un análisis con tu volumen y tu situación real en España.
Si quieres que te ayudemos con el cambio de residencia fiscal a Dubái o con decidir si tu actividad cripto necesita empresa, escríbenos y te respondemos en español.
Fuentes consultadas
- FTA — Corporate Tax: basis of taxation for natural persons
- UAE Corporate Tax (FTA)
- Lexology — How the UAE Taxes and Regulates Cryptocurrencies
- UAE Ministry of Finance
- UAE Government Portal